El matrimonio,


 en los primeros siglos del cristianismo

En los primeros siglos, como se dice en la Carta a Diogneto (de mediados del s.II), los cristianos "se casan como todos" (V,6), por lo judío, por lo griego, por lo romano. Aceptan las leyes imperiales, mientras no vayan en contra del Evangelio. El matrimonio se celebra "en el Señor" (1Cor 7, 39), dentro de la comunidad, sin una ceremonia especial.

En el mundo judío, la boda se celebra según las costumbres y ritos tradicionales (cf Gén 24 y Tob 7,9,10). Cierto tiempo después de los esponsales, se celebra la boda. En el mundo judío la boda era un asunto familiar y privado. No se celebra en la sinagoga, sino en casa. No obstante, como todo en Israel, tiene una dimensión religiosa. La celebración incluye oración y bendición.

En el mundo romano se dieron, sucesivamente, tres formas de celebrar el matrimonio. La confarreactio (con pastel nupcial), la forma más antigua, incluía ceremonias de carácter jurídico y religioso. En la época imperial apenas se daba este tipo de unión. El modo corriente de contraer matrimonio era la coemptio, rito que simbolizaba la compra de la esposa, y el usus (uso), simple cohabitación tras el mutuo consentimiento matrimonial.

El consensus (consentimiento) vino a constituir en la práctica lo esencial de la unión matrimonial. Dice el Digesta: "No es la unión sexual lo que hace el matrimonio, sino el consentimiento" (35,I,15). Como tal, no se requería ningún rito particular ni la presencia del magistrado. El poder civil no hacía más que reconocer la existencia del matrimonio y, en cierto modo, proteger la unión conyugal poniendo ciertas condiciones.

Los cristianos se casan como todo el mundo, pero "dan muestras de un tenor de peculiar conducta, admirable, y, por confesión de todos, sorprendente" (Carta a Diogneto,V,4). Acogen la vida que nace y respetan el lecho conyugal: "Como todos engendran hijos, pero no exponen los que les nacen. Ponen mesa común, pero no lecho" (V,6 y 7).

Ignacio de Antioquía (hacia el año 107) que invita a los cristianos a casarse "con conocimiento del obispo, a fin de que el casamiento sea conforme al Señor y no por solo deseo" (A Policarpo,5,2).

Tertuliano (hacia 160-220) comenta la ventaja de casarse en el Señor: "¿Cómo podemos ser capaces de ensalzar la felicidad tan grande que tiene un matrimonio así; un matrimonio que une la Iglesia, que la oblación confirma, que la bendición marca, que los ángeles anuncian, que el Padre ratifica?" (Ad uxorem II 8,6.7.9).
El consentimiento matrimonial 

Desde los siglos IV al IX se subraya el carácter eclesial de la celebración del matrimonio entre cristianos y se establece bien claro que las ceremonias (oración y bendición) no son obligatorias para la validez de la unión.

El primer testimonio que habla de una bendición nupcial verdaderamente litúrgica data de la época del papa Dámaso (366-384) y se encuentra en las obras del Pseudo-Ambrosio (Ambrosiaster). La bendición sólo se confiere en el primer matrimonio.

Se constata el profundo influjo del derecho romano, según el cual sólo el consentimiento es estrictamente necesario para el matrimonio, cualquiera que fuese su forma.

Dice el papa Nicolás I el año 866, en su respuesta a los búlgaros, que le consultaron acerca de la importancia de las ceremonias eclesiásticas (oración y bendición) que algunos habían declarado ser los elementos constitutivos del matrimonio: "Baste según las leyes el solo consentimiento de aquellos de cuya unión se tratare. Fuente:Aletia.